martes, 6 de agosto de 2013

LIQUIDACION DE LICENCIA DE MATERNIDAD POR OPS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Lo primero que debe tenerse en cuenta es que en contratos por prestación de servicios hay que:
 
  1. tener presente que el contratista es el trabajador independiente.
  2. como no hay empleador propiamente dicho, se debe solicitar el pago de la licencia de maternidad a la EPS.
  3. la licencia se paga según el IBC- ingreso base de cotización al sistema-, que se calculara por el 40% del contrato u honorarios que gane, cuando  se tengan varios contratos debe calcularse por la sumatoria de todos y dividido entre la cantidad de contratos.
  4. la contratista- trabajadora independiente-, debe cotizar a salud durante los 98 días de incapacidad y debe hacerlo así:
  • salud = 4 % del IBC reportado al PILA el mes anterior al mes en que la EPS conceda las 14 semanas.
  • pensión = 16 %.
ejemplo:
 
trabajadora que gana 1.000.000 al mes como honorarios.
 
meses de contrato 3
total contratos 1.000.000 x 3 = 3.000.000 x 40% = 1.200.000 IBC
 
1.200.000 x 4% = 48.000
1.200.000 x 16% = 192.000
 
total  deducciones : 240.000
 
total licencia :
 
1.200.000  x 98 / 30 = 3,920.000
 
1.200.000 / 30 = 40.000 x 98 = 3.920.000
 
imaginemos que se paga el primer mes de licencia.
 
30 días a pagar.
 
calculo:
 
40.000 x 30 =1,200.000
1.200.000 - 48.000 ( salud) - 192.000 ( pensión)= 960.000 NETO A PAGAR LICENCIA MENSUAL.
 
Es decir por los primeros 30 días de licencia.






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